
El Gobierno Colombiano en la elaboración del
instructivo para la solicitud de reparación por vía administrativa no contempló
a las víctimas de los agentes generadores de violencia (paramilitares,
guerrilla o agentes del Estado) que se encontraban en el exterior en condición
de refugiados, exiliados o asilados, y estas organizaciones de Derechos humanos
solicitaron al gobierno Colombiano a
través de un derecho de petición que se tuvieran en cuenta a las víctimas que
viven en el exterior y se inició el
tramite la presentación de las solicitudes en las embajadas y consulados para
que reciban las solicitudes de reparación por vía administrativa a través de
la Acción Social.
Después de largos debates en el Congreso
Colombiano se aprobó La Ley 1448 de 2011, más conocida como la Ley de Víctimas
y Restitución de Tierras que hacen un reconocimiento de las víctimas del
conflicto armado colombiano incluyendo a quienes residen en el exterior y está
bien explicado en la página de la unidad de víctimas.
El Gobierno Colombiano reconoce oficialmente la
existencia del conflicto, y de sus víctimas, con esta ley busca hacer realidad
su reparación integral.
Si usted o su familia son colombianos
residentes en el exterior y han sido víctimas de homicidio, secuestro, lesiones
personales que no causaron incapacidad, desplazamiento forzado, delitos contra
la libertad e integridad sexual, desaparición forzada, lesiones personales que
si causaron incapacidad, tortura física o psicológica y/o reclutamiento de
menores usted puede solicitar la reparación por vía administrativa.
El plazo para declarar la condición de víctima
va dirigido a las personas que hayan sufrido violaciones a sus derechos humanos
entre el 1 de enero de 1985 y el 10 de junio del 2011 y tendrán plazo hasta el
10 de Junio de 2015 para declarar su condición de víctima. Las victimas deberán
presentarse en las embajada y consulados y allí un funcionario le realizara una
entrevista para procesar el Formulario Único de Declaración (FUD) el cual le
permitirá efectuar el Registro Único de Victimas – RUV de acuerdo a los
parámetros de la ley 1448 de 2011.
Deben recordar que todos los trámites son
gratuitos y pueden conocer el proceso a través de la siguiente página www.unidadvictimas.gov.co o llamando a las líneas 01157
4261111. O escribiendo al Correo electrónico: servicioalciudadano@unidadvictimas.gov.co .
No busquen intermediarios.
Mario Guilombo
Director Programa de derechos
Humanos
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